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                                     Gestión 360/Tribuna empresarial                                      Nueva ley contra el fraude: síndrome de Estocolmo fiscal Juan Antonio Sánchez Economista asesor fiscal. Socio director de TaxFarma Asesores Aunque no sea del todo cierto, parece como si nuestras autoridades fiscales hu- bieran estado esperando a que los contribuyentes termináramos el principal trá- mite tributario anual (declaración de la renta) para aprobar la esperada nueva normativa contra el fraude fiscal. Ciertamente, el pasado 10 de julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de pre- vención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funciona- miento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego (https://www.boe.es/boe/dias/2021/07/10/ pdfs/BOE-A-2021-11473.pdf). Ya sabemos que el rango de Ley otorga a la normativa un peso específico a la hora de aplicar sus preceptos, y en esta ocasión existía una parálisis de mu- chos meses en el Parlamento. Existen numerosos y ambiciosos aspectos que integran este documento, pero, como siempre, extraeremos los que de una forma práctica pueden afec- tar a la gestión fiscal de la oficina de farmacia. Uno de ellos es la limitación de pagos efectivos a 1.000 € a otros empresarios. Mediante esta medida, utiliza- da en muchos países de nuestro entorno (incluso alguno de ellos ha eliminado prácticamente las transacciones de este tipo entre empresarios), se preten- den dificultar los «comportamientos defraudatorios» ya que hay un rastro de la operación. Anteriormente este límite estaba situado en 2.500 €. Pongamos como ejemplo una reparación del aire acondicionado de la farmacia. Como no podía ser de otra forma, se mantienen sanciones para quien no respete los lí- mites renovados: «La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 €. La sanción consistirá 56 octubre 2021 – el farmacéutico n.o 603 


































































































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