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Te interesa Errores y malentendidos en la transmisión de una oficina de farmacia (y II) Con el ánimo de que puedan ser considerados y evitados con antelación, en este segundo artículo revisaremos algunos aspectos (distintos a los comentados en El Farmacéutico n.o 613) que, con respecto a la transmisión de una oficina de farmacia, pueden generar malentendidos y problemas. Félix Ángel Fernández Lucas Abogado. Subdirector general de Farmaconsulting Transacciones S.L. (felix.fernandez@farmaconsulting.es) La transmisión de la oficina de farmacia no es una «causa objetiva» de despido Es posible que, con ocasión de la transmisión, se compruebe que, por ejemplo, la financiación prevista no soporta los costes del personal con que cuenta la oficina de farmacia, y que las partes acuerden que se cancele la relación con alguno de los empleados. Si esta es la razón por la que ha de cancelarse la re- lación, no estamos ante una «causa objetiva» de despido, como podrían ser los problemas económicos en la farmacia, la inadaptación del trabajador a las nue- vas tecnologías o las necesidades organizativas. Salvo que coincida alguna circunstancia especial como las señaladas o se dé un hecho que justifique el despido disciplinario, lo que ocurrirá es que el despido del trabajador será improcedente, con una indemnización mayor que los 20 días por año trabajado que correspondería al despido objetivo. Las controversias laborales con «antiguos» empleados no son solo problema de la parte vendedora Pues no. Cuando se transmite una empresa se produce la llamada «sucesión de empresa», por la que el adquirente «sucede» al anterior titular en las relaciones laborales y en las mismas condiciones existentes antes de la transmisión. Sin embargo, suele pensarse que con respecto a las relaciones con anteriores tra- 42 octubre 2022 – el farmacéutico n.o 614